Ley Orgánica 10/2022, art. 12 · Ley Orgánica 3/2007 · sensibilización

Cuando alguien denuncia acoso, la primera conversación cuenta.

Su mando recibe a una trabajadora, un trabajador o un testigo simulados por IA, que cuentan lo ocurrido y dejan escapar información sensible. Un coach analiza cada intervención: ¿ha acogido, recogido los hechos, protegido y remitido al protocolo, o ha dudado, culpado y expuesto?

Unos 70 minutos en línea (estimación)Certificado de participación verificableEmpresas y personajes ficticios

Qué es este curso y qué no es

Formación de sensibilización no oficial, 100 % en línea. Epimoni solo acredita que se ha completado el itinerario: no es una certificación, y no afirmamos que esta formación cumpla ninguna obligación o exigencia oficial.

  • Una formación de sensibilización no oficial, 100 % en línea. No es una certificación, no es asesoramiento jurídico y no da opinión sobre casos reales.
  • Puede ser una de las acciones con las que la empresa «promoverá la sensibilización y ofrecerá formación» a todo el personal (art. 12.2 de la LO 10/2022), pero no sustituye el resto: los procedimientos específicos de prevención y de denuncia (art. 12.1), las medidas negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras (art. 12.2 y art. 48 de la LO 3/2007) y, en las empresas de 50 o más personas, el plan de igualdad con su protocolo.
  • No incluye la violencia sexual en la evaluación de riesgos de los puestos ocupados por trabajadoras, que el art. 12.2 de la LO 10/2022 exige a la empresa.
  • La ley no fija horas, formato ni periodicidad para esta formación. Este curso trata de cómo atender una denuncia; no cubre por sí solo todo lo que su protocolo o su convenio puedan prever.
  • No hemos encontrado un curso oficial gratuito en línea sobre este tema para empresas privadas. El Instituto de las Mujeres publica gratis un manual con modelos de protocolo, enlazado en las fuentes.

Aviso específico de esta formación: Este curso en línea de sensibilización se basa en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022 y en los artículos 7 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007; no es oficial, no es asesoramiento jurídico y no garantiza por sí solo que su empresa cumpla sus obligaciones frente al acoso sexual y por razón de sexo, como el procedimiento o protocolo específico, las medidas negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras o la evaluación de riesgos. Corresponde a su empresa comprobar qué obligaciones le aplican (tamaño, plan de igualdad, convenio colectivo, sector) y conservar sus propios registros de las acciones realizadas. condiciones de uso de Epimoni Formations

¿Están obligadas las empresas a formar sobre acoso sexual?

El artículo 12.2 de la Ley Orgánica 10/2022 establece que las empresas «promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio», sin fijar horas ni formato. El mismo artículo obliga a promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, a arbitrar procedimientos específicos para prevenirlos y dar cauce a las denuncias, y a negociar las medidas con la representación legal de las personas trabajadoras (también art. 48 de la LO 3/2007). Un curso no sustituye ese procedimiento ni ese protocolo.

Toda la plantillaa la que las empresas ofrecerán formación contra las violencias sexuales (LO 10/2022, art. 12.2).
50personas trabajadoras: desde ahí el plan de igualdad es obligatorio, y su diagnóstico incluye la prevención del acoso sexual y por razón de sexo (LO 3/2007, arts. 45.2 y 46.2).
7.501 €multa mínima de una infracción muy grave, como el acoso sexual en el ámbito de la dirección empresarial; la máxima es 225.018 € (LISOS, arts. 8.13 y 40.1.c).
1 a 2 añosde prisión para el acoso sexual cometido prevaliéndose de una situación de superioridad laboral (Código Penal, art. 184.2).
El serious game
01 · La situación

Una persona pide hablar con usted

Conoce la empresa (ficticia), su protocolo y su canal de denuncias. Todavía no sabe lo que va a escuchar.

02 · La conversación

Seis intervenciones para acoger, recoger los hechos y proteger

La persona simulada reacciona como una persona real: se abre cuando se la acoge y se cierra cuando se la juzga. Comparte información sensible que no debe explotarse. El coach analiza cada intervención en tiempo real.

03 · La decisión

Remitir, y justificarlo

Decide qué hacer con el relato y lo justifica. El informe final valora la adecuación, lo que la conversación ha asegurado y la postura, y reescribe sus intervenciones más flojas.

Qué no decir, y qué decir en su lugar

Frases de las conversaciones del curso. Las de la tercera columna han sido analizadas como adecuadas por el coach.

No digaPor quéDiga en su lugar
«¿Está usted segura? Es un jefe de turno muy respetado aquí.»Pone en duda el relato«Gracias por contármelo. ¿Puede explicarme, con sus propias palabras, qué ha pasado?»
«Pero usted le contestaba los mensajes, ¿no? ¿Le dio pie?»Culpabiliza a la víctima«¿Desde cuándo recibe esos mensajes? ¿Ha guardado alguno?»
«¿Qué ropa llevaba usted ese día?»Culpabiliza a la víctima«¿Había alguien más en la sala de descanso cuando ocurrió?»
«Lo que me cuente queda entre nosotras, no se lo diré a nadie.»Promesa que no puede cumplir: el relato debe llegar al canal del protocolo«Voy a dejar por escrito lo que me cuenta y a remitirlo hoy al canal del protocolo, que lo trata con confidencialidad. ¿Le explico cómo funciona?»
«¿No sería mejor que lo arreglaran entre los dos?»Disuade de denunciar«¿Se siente segura trabajando los días que él cubre el turno? ¿Qué le ayudaría ahora mismo?»
«Si ahora tiene menos horas, es lógico que lleve menos clientes.»Usa la reducción de jornada para justificar el trato«¿Tiene algún correo o acta donde conste la reasignación de sus clientes?»
«Yo que usted no me metería en esto, es el director comercial.»Intimida al testigo«Su nombre no tiene por qué circular: el protocolo es confidencial y la empresa prohíbe represalias contra los testigos.»
EL ITINERARIO COMPLETO

El itinerario completo

Todo en línea, al ritmo de cada persona. Las duraciones son estimaciones del contenido tal como está construido.

EN LÍNEA · UNOS 20 MINEl marco legal

Una lección sobre el art. 12 de la LO 10/2022, la LO 3/2007, el protocolo de la empresa, las formas de acoso, cómo atender una denuncia y sus consecuencias, seguida de un cuestionario corregido de 12 preguntas (70 % para superarlo).

EN LÍNEA · UNOS 30 MINTres conversaciones de práctica

Acoso sexual por un jefe de turno, acoso por razón de sexo tras la vuelta de un permiso por nacimiento, y un compañero que ha presenciado acoso a una becaria. El coach analiza cada intervención en tiempo real.

EVALUACIÓN · UNOS 20 MINLa evaluación final

Una conversación evaluada, sin coach, con una situación nueva, y un cuestionario final de 11 preguntas. Dos intentos.

EL CERTIFICADO DE PARTICIPACIÓN
  • Cuestionario del marco legal superado (70 % o más)
  • Las tres conversaciones de práctica completadas hasta el informe final
  • Conversación de evaluación final superada (adecuación de al menos 80 y decisión justificada por los hechos y el procedimiento, valorada como adecuada)
  • Cuestionario final superado (70 % o más)

Se puede imprimir y verificar en línea con su número. Es un certificado de participación emitido por Epimoni, no una certificación profesional.

Precios

Un precio único por persona formada y por formación, pagado una sola vez, sin suscripción.

Prueba gratuita

Una entrevista completa con el coach, informe final incluido, sin registro ni tarjeta.

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10 €

por persona y por formación

  • Pago único, sin suscripción
  • El itinerario completo, con su coach
  • La guía rápida para imprimir, desde la inscripción
  • Acceso al itinerario durante 12 meses
  • Certificado incluido, válido durante 12 meses

Ejemplo: 12 personas × 10 € = 120 €

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Cree su espacio y pague sus plazas: recibirá al instante un enlace de administración y un código de invitación para su equipo.

10 × 10 € = 100 €

Aviso específico de esta formación: Este curso en línea de sensibilización se basa en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022 y en los artículos 7 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007; no es oficial, no es asesoramiento jurídico y no garantiza por sí solo que su empresa cumpla sus obligaciones frente al acoso sexual y por razón de sexo, como el procedimiento o protocolo específico, las medidas negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras o la evaluación de riesgos. Corresponde a su empresa comprobar qué obligaciones le aplican (tamaño, plan de igualdad, convenio colectivo, sector) y conservar sus propios registros de las acciones realizadas.

Pago único con tarjeta, protegido por Stripe; la factura se le envía por correo electrónico. Puede añadir plazas en cualquier momento desde su espacio.

¿Tiene alguna pregunta antes de empezar?

Escríbanos: el mensaje llega directamente al equipo de Epimoni.

Aviso específico de esta formación: Este curso en línea de sensibilización se basa en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022 y en los artículos 7 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007; no es oficial, no es asesoramiento jurídico y no garantiza por sí solo que su empresa cumpla sus obligaciones frente al acoso sexual y por razón de sexo, como el procedimiento o protocolo específico, las medidas negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras o la evaluación de riesgos. Corresponde a su empresa comprobar qué obligaciones le aplican (tamaño, plan de igualdad, convenio colectivo, sector) y conservar sus propios registros de las acciones realizadas.

Sus datos de contacto solo se usan para responderle.

Preguntas frecuentes

El artículo 12.2 de la Ley Orgánica 10/2022 dice que las empresas «promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio». La ley no fija horas, formato ni periodicidad. Además, su convenio colectivo o su plan de igualdad pueden prever acciones formativas concretas: compruébelo.
No podemos afirmarlo. Es una formación de sensibilización no oficial, 100 % en línea, que puede ser una de las acciones de la empresa. La ley exige además procedimientos específicos de prevención y de denuncia (art. 12.1), medidas negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras (art. 12.2 y art. 48 de la LO 3/2007) e incluir la violencia sexual en la evaluación de riesgos de los puestos ocupados por trabajadoras (art. 12.2). Corresponde a su empresa valorar el conjunto y documentar lo que hace.
El art. 12.1 de la LO 10/2022 y el art. 48 de la LO 3/2007 obligan a todas las empresas a promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y por razón de sexo y a arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias. El preámbulo del Real Decreto 901/2020 entiende que, en defecto de plan de igualdad, todas las empresas están obligadas a elaborar y aplicar esas medidas y protocolos. En las empresas con plan de igualdad, el procedimiento de actuación forma parte de la negociación del plan (anexo del RD 901/2020).
El acoso sexual es cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona (art. 7.1 de la LO 3/2007). El acoso por razón de sexo es cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona que atente contra su dignidad y cree un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo (art. 7.2), aunque no tenga contenido sexual, por ejemplo desprecios ligados a la maternidad. Los dos son discriminatorios en todo caso (art. 7.3).
No. La definición de la LO 3/2007 no exige jerarquía, y la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social califica como muy grave el acoso sexual en el ámbito de la dirección empresarial «cualquiera que sea el sujeto activo» (art. 8.13). La jerarquía agrava la pena en el delito de acoso sexual (art. 184.2 del Código Penal). Puede darse por mensajes: la LO 10/2022 incluye expresamente el ámbito digital.
Acoger sin juzgar, recoger los hechos esenciales (qué, cuándo, dónde, quién lo vio, qué registros existen), acordar con la persona medidas cautelares y remitir el relato al canal del protocolo de la empresa, explicando la confidencialidad y la prohibición de represalias. No investiga por su cuenta, no avisa a la persona denunciada, no promete secreto absoluto y no pregunta por la vida íntima ni por la salud de quien denuncia.
La persona que se forma lee la situación (una empresa ficticia, su protocolo y su canal de denuncias) y conversa, en seis intervenciones, con una trabajadora, un trabajador o un testigo simulados por IA. En cada intervención, un coach indica si ha sido adecuada, arriesgada o perjudicial, señala el fallo y propone una reformulación. Al final, decide qué hacer con el relato y justifica la decisión, que también se analiza. En la evaluación final, el coach permanece en silencio hasta el informe final.
Que la persona ha completado el itinerario: cuestionario del marco legal superado, tres conversaciones de práctica completadas, conversación de evaluación superada y cuestionario final superado. Indica cada módulo con su duración estimada, los resultados y un enlace de verificación. Es un certificado de participación emitido por Epimoni, no una certificación oficial, y no acredita por sí solo el cumplimiento de ninguna obligación legal. La demostración gratuita no genera certificado.
Sí. El Instituto de las Mujeres publica en igualdadenlaempresa.es un manual con modelos de protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Para las víctimas, el teléfono 016 del Ministerio de Igualdad es gratuito, confidencial y funciona las 24 horas. No hemos encontrado un curso oficial gratuito en línea dirigido a empresas privadas.
El panel de seguimiento muestra el avance y los resultados de los cuestionarios y de la evaluación final, no el contenido de las conversaciones. Las conversaciones simuladas no contienen datos de casos reales: no describa nunca un caso real de su empresa en el juego.